Articulo 31 Reglamento de...lla y León

Articulo 31 Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León

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Artículo 31. Régimen jurídico.

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1. A los festejos tradicionales les es a plicable el régimen jurídico general de los espectáculos taurinos populares establecido en este Reglamento y, en particular, el sometimiento al régimen de previa autorización administrat iva, debiendo acreditar el cumplimiento de las condiciones médico-sanitarias que fueron propuestas en su declaración.

Por su peculiaridad y tradición, no quedan sujetos necesariamente a la clasificación prevista para los espectáculos taurinos populares e individualmente se les podrá reconocer determinadas especialidades al régimen general .

2. Es compatible que en una misma localidad se autorice un espectáculo taurino tradicional a la vez que la celebración de otros populares.