Articulo 31 Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria de Andalucía
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»Artículo 31. Requisitos de las empresas funerarias.
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Las empresas funerarias deben disponer de los siguientes medios:
La organización administrativa y el personal necesarios para la prestación de los servicios, así como instrumentos y medios materiales de fácil limpieza y desinfección.
Medios de protección para el personal: Ropa, guantes, mascarillas, protección ocular y calzado.
Vehículos para el transporte de cadáveres en número adecuado a la población destinataria del servicio.
Féretros y material funerario necesario, con las características que hayan sido fijadas por este Reglamento.
Medios indispensables para la desinfección y lavado de los vehículos, utensilios, ropas y el resto de material utilizado.
