Articulo 31 Reglamento de...de jornada

Articulo 31 Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada

Ver Indice
»

Artículo 31. Procedimientos de regulación de empleo por existencia de fuerza mayor.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La existencia de fuerza mayor, como causa motivadora de la extinción y suspensión de los contratos de trabajo o de la reducción de jornada, deberá ser constatada por la autoridad laboral, cualquiera que sea el número de trabajadores afectados, previo procedimiento tramitado conforme a lo dispuesto en este Título.

La autoridad laboral competente se determinará conforme a lo establecido en el artículo 25.