Articulo 31 Simplificación y mejora de la regulación normativa
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»Artículo 31. Modificación del artículo 13 de la Ley 2/1993
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Se modifica el artículo 13 de la Ley 2/1993, que queda redactado del siguiente modo:
"Artículo 13
"Órgano de impulso de la dinamización sociocultural y de las asociaciones culturales
"El departamento competente en materia de cultura debe impulsar las políticas necesarias para contribuir a la consecución de los objetivos establecidos por los capítulos II y III."
