Articulo 31 Subvenciones de Extremadura

Articulo 31 Subvenciones de Extremadura

Ver Indice
»

Artículo 31. Subvenciones establecidas por ley.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las subvenciones de concesión directa cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto por una norma de rango legal se regirán por dicha norma y las demás de específica aplicación, y supletoriamente por lo dispuesto en esta ley.

2. Cuando la ley que determine su otorgamiento se remita para su instrumentación a la formalización de un convenio de colaboración entre la entidad concedente y los beneficiarios se establecerán en el mismo las condiciones y compromisos aplicables.