Articulo 31 Tasas y Precios Públicos de Navarra -Derogada-
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»Artículo 31. Exenciones.
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Estarán exentas de la tasa:
a. Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
b. Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de convocatoria de las pruebas selectivas de acceso. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
