Articulo 31 TR de la Ley ... de Aragón

Articulo 31 TR. de la Ley de Ordenación de la Función Pública de Aragón

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Artículo 31.

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1. El sistema normal para la provisión de los puestos de trabajo es el de concurso, en el que se tendrán en cuenta únicamente los méritos señalados en la correspondiente convocatoria, entre los que figurarán los adecuados a las características de cada puesto de trabajo, así como la posesión de un determinado grado personal, la valoración del trabajo desarrollado, los cursos de formación y perfeccionamiento realizados relacionados con las funciones del puesto a cubrir y la antigüedad.

2. Las convocatorias para la provisión de los puestos de trabajo se publicarán en el «Boletín Oficial de Aragón», concediéndose un plazo de quince días hábiles para la presentación de solicitudes, y en ellas deberán constar en todo caso la denominación, nivel y localización de cada puesto, los requisitos necesarios o preferentes para desempeñarlo, el baremo para la puntuación de los méritos y la puntuación mínima para la adjudicación de las vacantes convocadas.

3. Sin perjuicio de la estabilidad de la relación estatutaria, los funcionarios que accedan por concurso a puestos de trabajo podrán ser removidos por circunstancias sobrevenidas derivadas de las situaciones contempladas en el artículo 43.3 de la presente Ley o cuando su rendimiento sea notoriamente insuficiente, mediante resolución motivada, previa audiencia del interesado y oída la Junta de Personal que corresponda, siéndoles de aplicación lo dispuesto en el artículo 43.2, y quedando obligados a participar en las convocatorias que se publiquen siempre que reúnan los requisitos exigidos en aquéllas.