Articulo 31 Transportes y Movilidad Sostenible de Asturias
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»Artículo 31. Participación de las asociaciones de transportistas.
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Las asociaciones profesionales de transportistas legalmente constituidas que alcancen el nivel de representatividad que reglamentariamente se determine podrán integrarse en el Consejo de la Movilidad del Principado de Asturias y en el Consejo de Administración del Consorcio de Transportes de Asturias.
