Articulo 311 se aprueba e...lla y León

Articulo 311 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León

Ver Indice
»

Artículo 311. Limitaciones específicas a la parcelación urbanística.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. En suelo urbano y suelo urbanizable no pueden otorgarse licencias de parcelación cuyo objeto sea la realización de una parcelación urbanística, antes de la aprobación definitiva del instrumento de planeamiento urbanístico que establezca la ordenación detallada y, cuando sea exigible, del instrumento de gestión urbanística.

2. Conforme al artículo 53, en suelo rústico están prohibidas las parcelaciones urbanísticas.

3. En ningún caso pueden considerarse solares ni puede permitirse edificar en los lotes resultantes de parcelaciones o reparcelaciones efectuadas con infracción de lo dispuesto en la normativa urbanística.