Articulo 315 Código del Derecho Foral de Aragón
Ver Indice
»Artículo 315. Normativa aragonesa de Derecho público.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los derechos y obligaciones establecidos para los cónyuges en la normativa aragonesa de Derecho público, que no tenga carácter tributario, serán de igual aplicación a los miembros de la pareja estable no casada.
