Articulo 316 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 316. La sucesión por causa de muerte.
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La sucesión por causa de muerte es la ordenación del destino de las relaciones jurídicas de una persona fallecida que no se extingan por su muerte y no estén sujetas a reglas distintas. En los pactos sucesorios algunos efectos de la sucesión mortis causa se anticipan a la muerte del instituyente.
