Articulo 32 Acogimiento f...en Euskadi

Articulo 32 Acogimiento familiar en Euskadi

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Artículo 32. Metodología para el estudio y valoración de la adecuación.

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1.- El proceso de estudio y valoración psicosocial de la adecuación se desarrollará en dos fases diferenciadas.

2.- La primera de las fases se iniciará con la manifestación formal a la Diputación Foral del interés de ser persona acogedora y conocer la naturaleza y efectos del acogimiento familiar, y comprende las actuaciones de preparación previa destinadas a proporcionar información y formación referida al acogimiento familiar, en los términos que se indican en el artículo siguiente.

3.- Y, la segunda de las fases, centrada en el estudio y valoración de la adecuación de las personas interesadas, se desarrollara una vez presentada la solicitud de ofrecimiento y declaración de la adecuación para el acogimiento familiar.