Articulo 32 Agencia de la U.E. para la Ciberseguridad y certificación de la ciberseguridad de las tecnologías de la información y la comunicación
Ver Indice
»Artículo 32. Normas financieras
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Consejo de Administración adoptará las normas financieras aplicables a ENISA, previa consulta a la Comisión. Dichas normas no podrán desviarse del Reglamento Delegado (UE) n.º 1271/2013, salvo si las exigencias específicas de funcionamiento de ENISA lo requieren y la Comisión lo autoriza previamente.
