Articulo 32 Apoyo a las Familias de Euskadi
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»Artículo 32. Comisión Interinstitucional de Familia.
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1.- La Comisión Interinstitucional de Familia constituye el máximo órgano de colaboración, coordinación y participación de las distintas administraciones públicas en materia de familia, con el fin de garantizar la coordinación interinstitucional en las diversas actuaciones derivadas de la aplicación de la presente ley y del Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias.
2.- Sus funciones, composición y régimen de funcionamiento se establecerán reglamentariamente.
