Articulo 32 Apoyo a las F...de Euskadi

Articulo 32 Apoyo a las Familias de Euskadi

Ver Indice
»

Artículo 32. Comisión Interinstitucional de Familia.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1.- La Comisión Interinstitucional de Familia constituye el máximo órgano de colaboración, coordinación y participación de las distintas administraciones públicas en materia de familia, con el fin de garantizar la coordinación interinstitucional en las diversas actuaciones derivadas de la aplicación de la presente ley y del Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias.

2.- Sus funciones, composición y régimen de funcionamiento se establecerán reglamentariamente.