Articulo 32 Cámaras Ofici... Andalucía

Articulo 32 Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía

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Artículo 32. Memoria Anual.

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Con carácter anual, las Cámaras de Andalucía y el Consejo Andaluz de Cámaras elaborarán una memoria que recoja la globalidad de las actuaciones y servicios desarrollados durante el ejercicio anterior y que, previa aprobación por el Pleno de la Cámara, remitirá a la Consejería competente en materia de Cámaras, junto con la liquidación del presupuesto, con información estadística desagregada por sexo, cuando ello corresponda.