Articulo 32 Cooperativas de Galicia

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Artículo 32. Clases de asambleas.

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1. Las asambleas generales pueden ser ordinarias o extraordinarias.

2. La Asamblea general ordinaria tiene por objeto principal examinar la gestión social, aprobar, si procede, el plan empresarial y las cuentas anuales y resolver sobre la distribución de los excedentes o la imputación de las pérdidas, pudiendo incluir en el orden del día de su convocatoria cualquier otro asunto propio de su competencia. Todas las demás Asambleas tienen el carácter de extraordinarias.