Articulo 32 Cooperativas de Galicia
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Artículo 32. Clases de asambleas.

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1. Las asambleas generales pueden ser ordinarias o extraordinarias.

2. La Asamblea general ordinaria tiene por objeto principal examinar la gestión social, aprobar, si procede, el plan empresarial y las cuentas anuales y resolver sobre la distribución de los excedentes o la imputación de las pérdidas, pudiendo incluir en el orden del día de su convocatoria cualquier otro asunto propio de su competencia. Todas las demás Asambleas tienen el carácter de extraordinarias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1998 en vigor desde 28-02-1999