Articulo 32 Cooperativas de Navarra

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Artículo 32. De la Asamblea General.

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La Asamblea General, constituida por los socios y, en su caso, por los asociados y socios colaboradores, es el órgano superior deliberante y de decisión de la sociedad cooperativa, expresando su voluntad social mediante acuerdos que son vinculantes y obligatorios incluso para los disidentes y no asistentes.