Articulo 32 Decreto49/2014,de11deseptiembre,porelqueseregulanlassubvencionesalarehabilitacióndeviviendas,alapromocióndealojamientosprotegidos,alaadquisiciónypromocióndeviviendasprotegidasyalaerradicacióndelchabolismoenCantabria.
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»Artículo 32.
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La cuantía máxima de la subvención será el 60 por 100 de la renta anual que se vaya a satisfacer, con un máximo de 3.
300 euros anuales por vivienda.
Una subvención para la financiación parcial del coste de los equipos de gestión y de acompañamiento social, cuyo importe máximo será del 30 por 100 del importe total de las subvenciones al realojo
