Articulo 32 Derecho a la ... Andalucía

Articulo 32 Derecho a la Vivienda en Andalucía

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Artículo 32. No interrupción del plazo de prescripción de las infracciones.

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Las actuaciones previas reguladas en este capítulo no interrumpirán el plazo de prescripción de las infracciones que se hayan podido cometer.

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