Articulo 32 Economía Circular de Madrid
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»Artículo 32. Declaración de interés general
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Se declaran de interés general, a los efectos de lo previsto en el artículo 163.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, las infraestructuras de gestión de residuos contempladas en los planes autonómicos de residuos, así como el establecimiento o ampliación de instalaciones de almacenamiento, valorización y eliminación de residuos de titularidad pública.
