Artículo 32 Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea
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»Artículo 32. Incompatibilidades.
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El personal de la Agencia estará sujeto al régimen de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y sus posteriores modificaciones y adaptaciones.
