Articulo 32 Estatutos de ... Distancia

Articulo 32 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

Ver Indice
»

Artículo 32. Contratos de investigación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Conforme a la legislación vigente, la Escuela Internacional de Doctorado, los Departamentos, los Institutos Universitarios de Investigación, los grupos de investigación reconocidos por la Universidad y los profesores e investigadores a través de estos o de los órganos, centros y fundaciones podrán celebrar contratos con personas físicas o jurídicas y con las universidades o entidades públicas y privadas para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico, así como trabajos para el desarrollo de enseñanzas o actividades de formación o especialización. El Consejo Social deberá promover estos contratos en su función de relacionar a la Universidad con las empresas e instituciones.