Articulo 32 para la Igual... y Hombres

Articulo 32 para la Igualdad entre Mujeres y Hombres

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Artículo 32. Fomento de la participación femenina.

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La Administración autonómica promoverá una mayor representación de las mujeres en puestos técnicos y de diseño de tecnologías de la información, promoviendo programas que estimulen y eliminen obstáculos a su participación en este ámbito.