Articulo 32 Impuestos sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera, sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear
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»Artículo 32. Infracciones y sanciones
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El régimen de infracciones y sanciones en materia de los impuestos creados por la presente ley es el vigente para los tributos propios de la Generalidad.
