Articulo 32 Ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local
- Norma vigente en lo que no se oponga a lo establecido en la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía. - Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
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»Artículo 32. Plan anual de formación.
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El Consejo Rector de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía aprobará el plan anual de formación que contendrá la programación general de las acciones formativas que dependan de la misma. Tal plan estará diseñado para desarrollar, con profesionalidad y eficacia, las funciones atribuidas a la Policía Local. Deberá incluir acciones formativas que propicien en el alumnado la adquisición de conocimientos técnicoprofesionales, jurídicos y psicosociales y el desarrollo de habilidades, destrezas y actitudes para el desempeño de la función policial.
