Articulo 32 Integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género
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»Artículo 32. Protección de la diversidad familiar
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Los programas de apoyo a las familias contemplarán de forma expresa medidas de apoyo a la diversidad familiar por razón de identidad y expresión de género.
Se prestará especial atención al fomento del respeto hacia los hijos e hijas de personas trans, así como de su protección.
