Articulo 32 Juventud de Aragón
Ver Indice
»Artículo 32.- Juventud, empleo y autoempleo.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Instituto Aragonés de la Juventud elaborará planes y llevará a cabo programas específicos y acciones concretas destinadas a facilitar e impulsar la inserción laboral de las personas jóvenes y fomentar el empleo y el autoempleo juveniles de calidad, favoreciendo la estabilidad laboral en la contratación por cuenta ajena, la garantía de los derechos laborales de la población joven, y fomentando la iniciativa empresarial juvenil.
