Articulo 32 Juventud de C. Valenciana -Derogada-
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»Artículo 32. El régimen de recursos
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Los actos emanados de los órganos del Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana, en cuanto estén sujetos al derecho administrativo, agotan la vía administrativa y serán directamente recurribles en la vía contencioso-administrativa.
