Articulo 32 Juventud de Galicia

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Artículo 32. Organización consultiva en materia de juventud

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La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia contará con los siguientes órganos asesores, consultivos y de participación:

a) El Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia.

b) El Observatorio Gallego de la Juventud.