Artículo 32. LEY FORAL 9/2026, de 20 de mayo, Navarra, Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental
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»Artículo 32. Estadística de archivos.
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1. La estadística de archivos es una actividad de interés público, debiendo integrarse en los planes y programas de estadística, de acuerdo con la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
2. El departamento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra competente en materia de archivos, gestión de documentos y patrimonio documental coordinará la elaboración de una estadística de archivos y establecerá su naturaleza, características y periodicidad.
