Articulo 32 Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales
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»Artículo 32. Modificación de la Ley 6/2010, de 24 de junio, de creación de las categorías de personal estatutario de inspección y evaluación de servicios sanitarios y prestaciones.
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Se modifica la Ley 6/2010, de 24 de junio, de creación de las categorías de personal estatutario de inspección y evaluación de servicios sanitarios y prestaciones, conforme se indica a continuación.
El punto 2 de la disposición transitoria primera pasa a tener el siguiente contenido:
"Los efectos económicos del reconocimiento de grado para el personal fijo se producirán a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de reconocimiento en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Los efectos económicos del reconocimiento de grado para el personal temporal se producirán a partir de la fecha de la obtención de la condición de personal estatutario fijo en la categoría evaluada".
