Articulo 32 Modificación de la Ley 6/2006, de Contratos Públicos de Navarra
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»Artículo 32. Se modifica el artículo 184 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, al que se da la siguiente redacción.
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"Artículo 184.
Ámbito de aplicación.
Los contratos de obras, suministro, asistencia y las concesiones de obras públicas y de servicios celebrados por las personas y entidades señaladas en las letras e) y f) del artículo 2.1 se prepararán y adjudicarán conforme a las disposiciones de este Libro, y en cuanto a sus efectos y extinción se regirán por las disposiciones del Derecho Civil o Mercantil sin perjuicio del régimen de modificaciones del contrato previsto en el Libro Primero y de reclamaciones establecido en el siguiente Libro".
