Articulo 32 Organización Institucional, Gobierno y Administración
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»Artículo 32. Defensa competencial.
Vigente
El Consejo de Gobierno Foral, sin perjuicio de las actuaciones de las Juntas Generales, velará especialmente por la integridad del Régimen Foral y de las competencias correspondientes al Territorio Histórico de Gipuzkoa, ejercitando las acciones, interponiendo los recursos y adoptando las medidas necesarias para su defensa.
Modificaciones
- Artículo modificado por NORMA FORAL 3/2013, de 3 de julio, por la que se modifica la Norma Foral 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
(BOG de 09-07-2013) en vigor desde 01-08-2013