Articulo 32 Presupuestos 2013 La Mancha

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Artículo 32. Plantilla presupuestaria.

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1. El coste económico de la plantilla presupuestaria, con sus modificaciones, no excederá del importe total de los créditos consignados para retribuciones en el capítulo I del presupuesto de cada consejería u organismo autónomo.

Los créditos de personal no implicarán, en ningún caso, reconocimiento de derechos ni modificaciones de plantillas presupuestarias.

2. Los puestos de trabajo que comprenden la plantilla presupuestaria deberán estar dotados en cómputo anual. La dirección general competente en materia de presupuestos podrá exceptuar este requisito en los supuestos de reingreso al servicio activo del personal funcionario y del personal laboral.