Articulo 32 Presupuestos 2023

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Artículo 32. Oferta de empleo público para el 2023

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1. En el ejercicio 2023, las ofertas de empleo público y los instrumentos de gestión similares deben aprobarse en función de las disponibilidades presupuestarias y de conformidad con las previsiones de carácter básico que se establezcan.

2. Corresponde al Gobierno autorizar la acumulación de la tasa de reposición entre sectores y colectivos, y la cesión entre las entidades del sector público, de acuerdo con la normativa básica aplicable.