Articulo 32 Presupuestos Generales para 2022 de Navarra
- En el listado de partidas presupuestarias que acompañan a la Ley Foral de Presupuestos, se modifica la denominación de una partida del Departamento de Cultura y Deporte, al haber un error en la denominación de la entidad beneficiaria, pasando a ser «Asociación Gaztelu» en lugar de «Sociedad Gaztelu», manteniendo la codificación, el importe y la finalidad. También se modifica la parcela destinada por el Ayuntamiento del Valle de Egüés para la instalación de un espacio multideportivo prevista en la partida A50001 A5400 7609 336145, es 427 en lugar de 413. - LEY FORAL 14/2022, de 12 de mayo, de modificacion de la Ley Foral 18/2021, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2022.
Artículo 32. Compensaciones retributivas del personal docente que presta sus servicios en los comedores escolares subvencionados por el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.
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Copiloto jurídico
El personal docente que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Foral 246/1991, de 24 de julio, por el que se regulan los comedores escolares de los centros públicos no universitarios de Navarra en los niveles de enseñanza obligatoria, y la Orden Foral 186/1993, de 11 de mayo, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se desarrolla lo dispuesto en el citado Decreto Foral 246/1991, realice las funciones de administrador/a, encargado/a o cuidador/a de comedor percibirá por cada día de desempeño efectivo las siguientes retribuciones brutas:
| NÚMERO DE COMENSALES | PERSONA ENCARGADA DE COMEDOR | PERSONA ADMINISTRADORA | POR CADA PERSONA CUIDADORA |
| 0-80 | 17,56 euros | 15,52 euros | 17,56 euros |
| 81-160 | 19,59 euros | 15,52 euros | 17,56 euros |
| 161-240 | 21,02 euros | 17,39 euros | 17,56 euros |
| +240 | 21,74 euros | 19,92 euros | 17,56 euros |
