Articulo 32 Prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios
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»Artículo 32. Responsables.
Vigente
1. Son responsables del incumplimiento de la normativa en materia de prevención y seguridad en materia de incendios las personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos, o de las actividades que se ejercen en los mismos, en que se haya detectado el incumplimiento.
2. Son responsables solidarios del pago de las sanciones impuestas las personas físicas o jurídicas que en el transcurso de la tramitación de un procedimiento sancionador sucedan, por cualquier concepto, a los titulares de los establecimientos o de las actividades.

