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Articulo 32 Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia

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Artículo 32. Programas educativos de padres e hijos

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Como medidas de prevención, apoyo y educación, la conselleria competente en materia de educación desarrollará, en los centros educativos, programas educativos con familias, sobre convivencia de padres e hijos, planteamiento y resolución de conflictos familiares y de orientación sociofamiliar, así como la colaboración con las Escuelas de Padres.