Articulo 32 Reglamento de... -Vigente-

Articulo 32 Reglamento de la Caja General de Depósitos -Vigente-

Ver Indice
»

Artículo 32. Cancelación y devolución de garantías mediante seguro de caución.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La cancelación de la garantía se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.

2. La autoridad a cuya disposición se constituyó la garantía remitirá la orden de cancelación del seguro a la Caja, a efectos de que esta la ejecute y proceda, en su caso, a la devolución del documento al obligado a prestar garantía o a la entidad aseguradora, a solicitud de cualquiera de ellos.