Artículo 32 Reglamento In...to Europeo

Artículo 32 Reglamento Interno del Parlamento Europeo

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Artículo 32. Publicidad de las decisiones de la Mesa y de la Conferencia de Presidentes

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1. Las actas de la Mesa y de la Conferencia de Presidentes se traducirán a las lenguas oficiales y se distribuirán a todos los diputados. Serán accesibles al público, salvo que la Mesa o la Conferencia de Presidentes, de manera excepcional, acuerden otra cosa respecto de determinados puntos de las actas para mantener su carácter confidencial, a reserva de lo dispuesto en el artículo 4, apartados 1 a 4, del Reglamento (CE) n.º 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

2. Los diputados podrán formular preguntas sobre el ejercicio por parte de la Mesa, de la Conferencia de Presidentes y de los Cuestores de sus respectivas funciones. Estas preguntas se presentarán por escrito al presidente, se notificarán a los diputados y se publicarán con las respectivas respuestas en el sitio web del Parlamento en el plazo de 30 días a partir de su presentación.