Articulo 32 Reglamento de la Ley 3/2007, Renta Básica de Inserción
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Articulo 32 Reglamento de la Ley 3/2007, Renta Básica de Inserción

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Artículo 32. Recursos.

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Contra la resolución administrativa de concesión, denegación, modificación, suspensión o extinción del derecho a la prestación de la Renta Básica de Inserción, se podrá interponer recurso de alzada ante el titular de la Presidencia del Instituto Murciano de Acción Social, en el plazo de un mes, de conformidad con las normas que regulan los procedimientos de las Administraciones Públicas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-06-2017 en vigor desde 01-07-2017