Articulo 32 Reglamento de...n Marítima

Articulo 32 Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima

Ver Indice
»

Artículo 32. Actividades excluidas de operaciones fuera de límites.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Las operaciones fuera de límites no permiten llevar a cabo las siguientes actividades:

a) Trasbordo de carga.

b) Transferencia, suministro o bombeo de combustibles, o de cualquier otra sustancia.

c) Reparaciones mayores.

d) Cualquier otra actividad que no sea alguna de las indicadas en el artículo anterior.