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Articulo 32 Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral -Vigente-

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Artículo 32. Saludo obligatorio.

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1. Los miembros de la Policía Foral, cuando se hallen de servicio, tienen la obligación de saludar llevándose la mano derecha extendida al extremo de la prenda de cabeza y junto a la sien derecha, en posición de firmes a las siguientes autoridades:

A) Del Estado:

-Los Reyes de España, los Príncipes de Asturias y de Viana y los Infantes de España.

-El Presidente de Gobierno de la Nación.

-Los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado.

B) De la Comunidad Foral:

-El Presidente y los Consejeros del Gobierno de Navarra.

-El Presidente del Parlamento de Navarra.

El Director General de Interior.

C) Del Cuerpo de la Policía Foral:

-Sus superiores jerárquicos.

2. Saludarán de igual forma a aquellas otras autoridades y personas que se indiquen en cada caso, teniendo en cuenta las normas de protocolo y cortesía. También deberán saludar a miembros de otros Cuerpos de Policía, de las Fuerzas Armadas, según aconsejen las circunstancias y las normas de cortesía.

3. Deberá realizarse el saludo reglamentario en aquellos actos solemnes en que se interprete el Himno Nacional o el Himno de Navarra. Se saludará igualmente ante la interpretación de los Himnos de otras Comunidades, Estados o Instituciones cuando así lo aconsejen las normas de cortesía.

4. En los casos en que no proceda el saludo reglamentario por no vestirse el uniforme o la prenda de cabeza, deberá adoptarse ante las autoridades citadas la actitud de compostura y dignidad que exijan las circunstancias.