Articulo 32 Seguridad ferroviaria
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Artículo 32. Recomendaciones y dictámenes de la Agencia

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La Agencia emitirá recomendaciones y dictámenes de conformidad con el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/796 a efectos de la aplicación de la presente Directiva. Esas recomendaciones y dictámenes podrán tenerse en cuenta cuando la Unión adopte actos jurídicos de conformidad con la presente Directiva.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-05-2016 en vigor desde 15-06-2016