Articulo 32 Vivienda de La Rioja
Ver Indice
»Artículo 32. Obligaciones generales de los propietarios y usuarios.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los propietarios y usuarios de las viviendas están obligados a mantenerlas en buen estado de conservación, uso, mantenimiento y seguridad, obligación que alcanzará a las instalaciones y anejos de la vivienda y a los elementos comunes del inmueble.
Asimismo, están obligados a permitir la entrada en la misma en los supuestos de actuaciones para el mantenimiento, conservación o reparación de los elementos comunes del inmueble.
