Articulo 320 Reglamento del Dominio Público Hidráulico
- Se modifica el título del reglamento, que queda redactado como sigue: «Reglamento del Dominio Público Hidráulico». - Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Publico Hidraulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril; el Reglamento de la Administracion Publica del Agua, aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio; y el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relacion de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estandares para la declaracion de suelos contaminados.
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»Artículo 320.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (320 (se deroga)) por Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo, de modificacion de diversos reglamentos del area de medio ambiente para su adaptacion a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificacion de diversas leyes para su adaptacion a la Ley de libre acceso a actividades de servicios y su ejercicio.
(BOE de 27-03-2010) en vigor desde 28-03-2010 - Modificación realizada (320 (conversión a euros)) por RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2001, de la Subsecretaría, por la que se convierten a euros las cuantías correspondientes a las sanciones impuestas en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente.
(BOE de 12-12-2001) en vigor desde 01-01-2002 - Artículo modificado (320) por REAL DECRETO 419/1993, DE 26 DE MARZO, POR EL QUE SE ACTUALIZA EL IMPORTE DE LAS SANCIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTICULO 109 DE LA LEY 29/1985, DE 2 DE AGOSTO, DE AGUAS, Y SE MODIFICAN DETERMINADOS ARTICULOS DEL REGLAMENTO DEL DOMINIO PUBLICO HIDRAULICO, APROBADO POR EL REAL DECRETO 849/1986, DE 11 DE ABRIL.
(BOE de 14-04-1993) en vigor desde 15-04-1993
