Articulo 3222 Libro tercero del Codigo civil de Cataluña, relativo a las personas juridicas
Artículo 322-2. Funciones.
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Corresponden a la asamblea general las siguientes funciones:
Aprobar, si procede, la gestión del órgano de gobierno, el presupuesto y las cuentas anuales.
Elegir y separar a los miembros del órgano de gobierno.
Modificar los estatutos.
Acordar la forma y el importe de las contribuciones a la financiación de la asociación o al pago de sus gastos, incluyendo las aportaciones al patrimonio de la asociación a las que se refiere el artículo 323-2.
Acordar la transformación, fusión, escisión o disolución de la asociación.
Acordar el ingreso y la baja en federaciones o confederaciones.
Solicitar la declaración de utilidad pública.
Aprobar el reglamento de régimen interno y sus modificaciones.
Acordar o ratificar la baja disciplinaria de los asociados, si los estatutos establecen esta sanción y no atribuyen esta función a otro órgano.
Resolver sobre las cuestiones que no estén expresamente atribuidas a ningún otro órgano de la asociación.

