Articulo 3243 Libro tercero del Codigo civil de Cataluña, relativo a las personas juridicas
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»Artículo 324-3. Fusión, escisión y transformación.
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1. La fusión, escisión y transformación de asociaciones se sujetan a los requisitos y procedimientos regulados por los artículos 314-1 a 314-3.
2. Las asociaciones pueden transformarse solo en otra persona jurídica no lucrativa.

