Articulo 33 46 Ley 20/2017, de 28 de diciembre, C.Valenciana, Tasas
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»Artículo 33. 4-6. Base liquidable
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La base liquidable se calculará reduciendo la base imponible en el importe del coste del visado colegial de garantía de las actuaciones administrativas relacionadas con las viviendas de protección pública y actuaciones protegibles, en el supuesto de expedientes de calificación de viviendas de protección pública cuyos proyectos dispongan del visado de garantía, conforme a la normativa de vivienda de protección pública.
