Articulo 33 Agencia tributaria canaria

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Artículo 33.- Gestión de los archivos.

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La Agencia Tributaria Canaria tendrá su propio archivo central, correspondiendo al director su gestión y organización en coordinación con las normas técnicas emanadas desde el Archivo General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.